viernes, agosto 01, 2008

Coparticipación - Reclamo

La Nación habla del reclamo de las Provincias, y de que se favorece a las Provincias que están del lado de la Rosada.

Al final aquello que manda la Constitución Nacional en su sexta disposición transitoria, no se cumple:
Un régimen de coparticipación conforme a lo dispuesto en el inc. 2 del art. 75 y la reglamentación del organismo fiscal federal, serán establecidos antes de la finalización del año 1996; la distribución de competencias, servicios y funciones vigentes a la sanción de esta reforma, no podrá modificarse sin la aprobación de la provincia interesada; tampoco podrá modificarse en desmedro de las provincias la distribución de recursos vigente a la sanción de esta reforma y en ambos casos hasta el dictado del mencionado régimen de coparticipación.

¿No es el congreso el responsable de dictar leyes, y el que está en falta con la Ley de Coparticipación?

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