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lunes, marzo 14, 2011

Transparencia Presupuestaria Provincial: ASAP - CIPPEC

Si quisiéramos comparar el índice de Transparencia Presupuestaria del CIPPEC con el ranking de cumplimento del art. 7 de la Ley Federal de Responsabilidad fiscal, elaborado por la ASAP, resulta un gráfico como el que sigue, en donde hemos ordenado las provincias desde las que están mejor hasta las que están peor para cada uno de los índices. Así por ejemplo Córdoba y San Juan tiene un buen desempeño en los dos índices, Buenos Aires tiene un buen desempeño en el índice del CIPPEC y malo en el ránking de ASAP.

Si ambos índices fueran equivalentes todos los puntos deberían estar sobre  la diagonal. Obviamente hay diferencias metodológicas que hacen que la nube de puntos esté al rededor de la diagonal pero no sobre la misma.


Analizando la metodología resulta que tanto ASAP como CIPPEC han hecho foco en la información que publican las jurisdicciones provinciales, pero ASAP se ha ocupado sólo del cumplimento de la Ley de Responsabilidad Fiscal, en cambio CIPPEC tiene en cuenta otros aspectos dando a su índice un carácter más amplio. Por ejemplo CIPPEC se ocupa de que se publique la recaudación, las transferencias de la Nación a las provincias y las transferencias de las provincias a los municipios. Un dato interesante de ASAP es que busca la publicación de la planta de personal ocupado. Adicionalmente la diferencia metodológica existe desde que cada institución pondera de manera distinta los distintos aspectos.


Ahora bien:
 - ¿porqué es importante la Transparencia Presupuestaria?
 - ¿qué hacer después que se mide y sabemos cuáles son las jurisdicciones "menos transparentes"?
 - la información publicada ¿es cualitativamente consistente y correcta?

En relación a la primera cuestión resulta importante que el ciudadano no familiarizado con los laberintos presupuestarios conozca y se eduque en relación al uso de los fondos públicos, ya que en última instancia el sector público estatal obtiene sus recursos de los ciudadanos. Adicionalmente la publicación de información presupuestaria brinda una mejor identificación de la responsabilidad de los actos de gobierno.

El segundo cuestionamiento se basa en una propuesta de mejora de la transparencia global provincial. Tomemos por ejemplo el ránking elaborado por la ASAP. ¿Se puede castigar a las provincias con peor desempeño (Corrientes, La Pampa, La Rioja)? ¿ Cómo se las obliga a mejorar para el año próximo?. Para una mejora en la transparencia global, se requiere un enfoque desde la Nación, dónde la publicación de información no quede librada al arbitrio de cada provincia.

La tercera pregunta queda librada al accionar de los organismos de control externo provinciales. No podemos pretender que un índice de transparencia basado en publicaciones vía web, nos informe acerca de la calidad de la información publicada. Sin embargo si el enfoque que se adopta es similar al propuesto en el párrafo anterior, se podrían proponer una serie de procedimientos de auditoria que permitan corroborar que la información publicada es cualitativamente consistente y razonable.

miércoles, febrero 16, 2011

La buena noticia

Después de un largo receso, este blog retoma su actividad con una buena.....
Y la buena noticia es que Mendoza aparece como una de las provincias más transparentes en el ejercicio 2010.
En el relevamiento practicado por el CIPPEC elaboran un índice de transparencia presupuestaria provincial web,  dónde Mendoza aparece en primer lugar.

Abajo les comparto el documento.





jueves, febrero 18, 2010

Gobiernos subnacionales al 50 % en promedio


Clic para agrandar

El gráfico de arriba es un intento de laeconomiadesnuda en medir el grado de auto financiamiento de los gobiernos subnacionales (léase provincias y CABA).

Hemos tomado los recursos propios de cada jurisdicción, esto es los recursos totales menos los de jurisdicción nacional y las transferencias corrientes y de capital y los hemos dividido por los gastos corrientes de cada jurisdicción.

Con esto pretendemos ver que grado de dependencia tiene en sus gastos cada jurisdicción subnacional del gobierno central.

La barra de color bordó (total) nos da una idea de promedio ya que considera el total de recursos propios y el total de gastos corrientes de las 24 jurisdicciones.

Chubut y CABA atienden totalmente sus gastos corrientes y encima les sobra dinero.

Neuquén, Santa cruz, Mendoza y Buenos Aires, están sobre el promedio ( 0,48) y no llegan a financiar totalmente los gastos corrientes. en el caso de Mendoza y Buenos Aires llegan a cubrir al rededor de la mitad de los gastos corrientes.

Después de ver esta información, no quedan dudas del apoyo de los gobernadores al FONDO del BICENTENARIO.

Sin embargo podríamos preguntarnos si esta situación de dependencia de las provincias es reciente o ha sido siempre así.

El gráfico que sigue muestra la relación Recursos propios / Gastos corrientes entre el año 1995 y 2009.




En promedio la cosa no ha cambiado mucho entre el 1995 y el 2009, esto es el valor promedio da 0,47 y 0,48 respectivamente. Sin embargo podemos observar casos en los que han mejorado su autofinanciamiento: Chubut y Catamarca, y casos en los que ha empeorado: Jujuy y Buenos Aires.

¿Está bien que los gobiernos subnacionales en promedio sólo puedan atender alrededor del 50 % de sus gastos corrientes?

En un esquema federalista dónde la recaudación de impuestos está centralizada y los gastos descentralizados, la independencia del poder central es...imposible.

La solución: integrar el régimen de responsabilidad fiscal con el de coparticipación federal. Obviamente esto implica una reforma fiscal, de manera de descentralizar alguna recaudación.

viernes, agosto 01, 2008

Coparticipación - Reclamo

La Nación habla del reclamo de las Provincias, y de que se favorece a las Provincias que están del lado de la Rosada.

Al final aquello que manda la Constitución Nacional en su sexta disposición transitoria, no se cumple:
Un régimen de coparticipación conforme a lo dispuesto en el inc. 2 del art. 75 y la reglamentación del organismo fiscal federal, serán establecidos antes de la finalización del año 1996; la distribución de competencias, servicios y funciones vigentes a la sanción de esta reforma, no podrá modificarse sin la aprobación de la provincia interesada; tampoco podrá modificarse en desmedro de las provincias la distribución de recursos vigente a la sanción de esta reforma y en ambos casos hasta el dictado del mencionado régimen de coparticipación.

¿No es el congreso el responsable de dictar leyes, y el que está en falta con la Ley de Coparticipación?