Dicen que en la Secretaría de Comercio Interior andaban atrás de la lista de los comercios donde el INDEC toma la muestra de los productos que se incluyen en el índice. Viola el secreto estadístico, o sea:
Ley 17.622, artículo 10:
“Las informaciones que se suministren a los organismos que integran el Sistema Estadístico Nacional, en cumplimiento de la presente Ley, serán estrictamente secretos y sólo se utilizarán con fines estadísticos. Los datos deberán ser suministrados y publicados exclusivamente en compilaciones de conjunto, de modo que no pueda ser violado el secreto comercial o patrimonial, ni individualizarse las personas o entidades a quienes se refieren”.
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