Mostrando las entradas con la etiqueta LRF. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta LRF. Mostrar todas las entradas

miércoles, diciembre 09, 2009

Evolución del empleo público

El gráfico anterior nos muestra la cantidad de personal permanente, temporal y contratados en el sector público provincial de los organismos centralizados y descentralizados ( para Mendoza).

Lo importante no es la cantidad de empleados, sino que aumenta todos los años.

Otra cosa importante es que el acceso al dato no hubiera sido posible sin la Ley de Responsabilidad Fiscal (Ley N° 7314), donde unos de sus principales puntos trata de la publicidad de la información.

P.d.1: no está publicados los datos para el IV tr. de 2006, así que usé los del III.
P.d.2: los datos está fácilmente accesibles en el sitio del Ministerio de Hacienda.

sábado, octubre 31, 2009

Transparencia Fiscal en las Provincias

Vía Natalio Ruíz, encontré este informe de la Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera Pública - ASAP, en el que realizan un índice sobre la publicación de distintos aspectos exigidos por la Ley de Responsabilidad Fiscal ( N° 25917).

El artículo en cuestión es el 7:
Cada provincia, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gobierno nacional publicarán en su página web el Presupuesto Anual —una vez aprobado, o en su defecto, el Presupuesto Prorrogado, hasta tanto se apruebe aquél— y las proyecciones del Presupuesto Plurianual, luego de presentadas a las legislaturas correspondientes. Con un rezago de un (1) trimestre, difundirán información trimestral de la ejecución presupuestaria (base devengado y base caja), del stock de la deuda pública, incluida la flotante como así también los programas bilaterales de financiamiento, y del pago de servicios, detallando en estos tres (3) últimos casos el tipo de acreedor.
El resultado del índice para el mes de octubre de 2009 lo podemos ver en el siguiente gráfico:

Las ponderaciones utilizadas para el índice fueron las siguientes:
  • 35%: Presupuesto
  • 20%: Esquema Ahorro Inversión Financiamiento Base Devengado y Caja
  • 10%: Gastos Financiados por Programas Internacionales de Crédito, Infraestructura Social
  • Básica
  • 10%:Gastos del Sector Público no Financiero Provincial – Finalidad y Función
  • 10%: Stock de Deuda de la Administración Pública no Financiera Provincial
  • 10%: Planta de Personal Ocupada
  • 5%: Financiamiento Educativo


jueves, mayo 15, 2008

Otra vez la Irresponsabilidad Fiscal

El jueves pasado leía en un diario local que el gobierno pretende reasignar partidas entre gastos corrientes y de capital,:
La redacción que propone el oficialismo deja sin efecto el artículo 15 de la Ley de Responsabilidad Fiscal de la Nación, a la cual adhiere la Provincia con la norma 7.314. Con esto permite la transferencia de partidas para aumentar los gastos corrientes, como sueldos o mantenimiento, aun a costa de disminuir los gastos de capital, como inversión en obra pública.
Textualmente el artículo 15 de la Ley de Responsabilidad Fiscal nacional (LRF), a la cual Mendoza Adhiere por medio de la Ley 7314 dice:

El Poder Ejecutivo nacional, los Poderes Ejecutivos Provinciales y el de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sólo podrán, durante la ejecución presupuestaria, aprobar mayores gastos de otros Poderes del Estado siempre que estuviera asegurado un financiamiento especialmente destinado a su atención. Asimismo, no podrán aprobar modificaciones presupuestarias que impliquen incrementos en los gastos corrientes en detrimento de los gastos de capital o de las aplicaciones financieras.
Desde este blog tenemos conciencia de que el problema de inseguridad es crónico en la provincia, pero "des adherirse" a un artículo de la LRF abre la puerta para que nos quedemos directamente si n inversión por parte del sector público provincial.
La inversión pública se ve reflejada en las erogaciones de capital, y como es inversión es de largo plazo.
Se me ocurrió ver el histórico de la relación erogaciones corrientes y de capital. La evolución presupuestaria entera la pueden ver acá.

Para tener una idea, el ratio erogaciones de capital sobre erogaciones corrientes (presupuestado) fue:


2005: 0,1651
2006: 0,1574
2007: 0,1563

¿Vale la pena?



miércoles, agosto 29, 2007

Violación potencial

hacer click para ver mejor

Cuando Julio Cobos dijo que habría un reconocimiento para los estatales, no tuvo e cuenta que a partir de 2005 no se pueden dar aumentos en cualquier momento. Claro que el tuvo en cuenta la inflación.

Esto implica alrededor de 5 millones de pesos más de gasto en personal por mes. El gasto en personal por mes para la administración pública provincial es de 125-130 millones de pesos. El aumento sería de un 3 o 4 % (5/130*100). Ahora bien ¿se puede dar este aumento?

Si vemos los números del ejercicio 2007 (en el cuadro anterior son los datos devengados el acumulado es hasta junio de 2007), no habría problemas, siempre y cuando los meses que quedan del año cierren con equilibrio presupuestario. Hasta junio hay 196 millones de resultado operativo, cuando en el presupuesto se proyectó cero resultado operativo para el año. O sea que hasta ahora con los valores que tenemos el año bienes cerrando con equilibrio presupuestario, un aumento salarial haría que ese pequeño superávit sea prácticamente cero.

Si vemos la normativa, aparece la Ley Provincial Nº 7314, de Responsabilidad Fiscal, la que expresamente prohíbe el endeudamiento corriente de tipo permanente, es decir que aumenten los sueldos, en los dos últimos trimestres del año electoral. Dice expresamente el artículo 46:

Durante los dos (2) últimos trimestres del año, estará prohibida cualquier disposición legal o administrativa que implique un aumento en las Erogaciones Corrientes de tipo permanente, a excepción de nombramientos de personal policial, penitenciario, médicos, enfermeros, personal de administración y técnicos del ámbito del Ministerio de Desarrollo Social y Salud y docentes, o actividades de emergencia social o servicios especiales municipales, siempre de acuerdo con el Presupuesto de cada año.

Esto merece dos comentarios. Cuando hicieron la ley apuntaban a que esto que quiere hacer Julio Cobos no se hiciera. Un nuevo ejemplo de inconsistencia temporal, lo que era óptimo ex-ante deja de serlo ex-post. Hacer la ley estaba bien porque en su momento se quedaba bien con el Gobierno Nacional, total después......se cambia. Dar el aumento está bien, porque da votos.......

Por otro lado, el gobierno provincial no ha tenido en cuenta el efecto cascada que esto tendrá sobre los municipios. Los municipios están con superávit=0, de ¿dónde van a sacar la plata?

Esperemos que en caso de querer modificar la 7314 la oposición funcione y ponga el límite institucional que se necesita.

viernes, julio 20, 2007

(in) Cumplimiento de la Ley de Responsabilidad Fiscal

Este post se inspira en la ley Nº 7314, Ley Provincial de responsabilidad Fiscal. Concretamente en su artículo 6 dice:

La elaboración, aprobación y ejecución de los presupuestos (según Art. 19 de la Ley Nº 25.917) de los distintos sujetos comprendidos en el Artículo 3 de esta Ley, se realizará en un marco de equilibrio presupuestario, estando prohibido el endeudamiento destinado a financiar erogaciones corrientes, quedando exceptuados los programas financiados por organismos multilaterales de crédito.

La pregunta es, se cumple con la elaboración, aprobación y ejecución de los presupuesto en el marco del equilibrio presupuestario?.
El gráfico que sigue, toma desde que se empezó a aplicar el régimen en la provincia (tercer trimestre de 2005) hasta el último dato que encontré (primer trimestre de 2007).

Si tomás trimestre por trimestre, municipio por municipio y sacás el equilibrio presupuestario ( total de gastos menos total de ingresos) resulta que Rivadavia es el municipio que ha cumplido con esta regla en 5 de los 7 trimestres, y San Martín es el que no ha cumplido nunca. En promedio de los 7 trimestres, cada municipio tuvo equilibrio presupuestario en 2.

Si no se va a cumplir la regla, para que sigue vigente la ley? es más, para que se gasta en controlar que se cumpla?

Me viene a la cabeza todo el debate que hubo en torno a la sanción de la LRF. La idea original era que se generara soperavit, y que se guardara para la época de vacas flacas.